Cédulas de habitabilidad

Finques L’Ametlla realiza los trámites necesarios para obtener la Cédula de habitabilidad de su vivienda.

Este documento es un trámite administrativo el cual acredita que su vivienda reúne las condiciones para ser habitable según la normativa vigente.

La Cédula de habitabilidad se debe realizar siempre y cuando se den los siguientes supuestos:

  • Vivienda de nueva construcción
  • Viviendas preexistentes construidas con anterioridad al 11 de agosto del 1984
  • Viviendas preexistentes construidas con posterioridad al 11 de agosto del 1984
  • Viviendas dotacionales públicas
  • Viviendas con algún tipo de intervención de rehabilitación o gran rehabilitación

Todas las viviendas deben disponer de la Cédula de habitabilidad, de primera ocupación si es de nueva construcción, de segunda ocupación si es una vivienda preexistente o bien una de primera ocupación de rehabilitación.
Según el Decreto vigente, una Cédula de primera ocupación tiene una vigencia de 25 años mientras que una de segunda ocupación o primera ocupación de rehabilitación tiene una vigencia de 15 años.

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